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Preguntas Frecuentes

Profesionistas o Freelancers

Como profesionista independiente, freelancer o pequeño empresario, tienes compromisos con Hacienda. En esta sección reunimos las dudas más frecuentes referentes a la actividad de profesionistas o freelancers ante Hacienda. Ante cualquier duda o consulta en MC Consultores estamos dispuestos a apoyarte

Nuestros servicios son flexibles, nos adaptamos a tus necesidades y creamos un plan de trabajo que te permita cumplir tus metas fiscales y financieras.

Queremos mencionarte las razones por las que creemos que debes registrarte en Hacienda: Principalmente es porque quieres o debes expedir recibos de honorarios o facturas y para ello necesitas estar inscrito en alguno de los regímenes que existen en Hacienda. Otra razón que debe de ser importante para ti es que es el siguiente paso para que tu negocio, idea o profesión se formalice ante otras empresas, ya que te consideraran como un negocio establecido y/o un profesionista formal que puede emitir comprobantes y asimismo paga sus impuestos. Por último, y no menos importante, debes estar registrado en Hacienda porque es la única manera que tienes de pagar tus impuestos.

Hablando en un idioma fiscal, una persona física es un individuo que tiene la facultad de ofrecer servicios y realizar actividades comerciales, en otras palabras, una persona física eres tú, tu amiga o tu primo, que sin necesidad de registrar una empresa ante notario público comienza o tiene un negocio.

Además de las Personas Físicas, existen las Personas Morales, las cuales son empresas registradas ante un notario público y que cuentan con más de 2 socios. Es muy fácil identificar si el RFC es de Persona Física o de una Persona Moral. Si tiene 4 letras al inicio, es una Persona Física. Si tiene 3 letras estamos hablando de una Persona Moral.

Sin duda, este es un dato que debes de cuidar cuando te registres en Hacienda, ya que existen por lo menos 4 tipos de regímenes u opciones. Para ello, recomendamos que te hagas las siguientes preguntas:

¿Necesito expedir facturas?
¿Cuántos ingresos mensuales o anuales tengo, o estimo, que voy a recibir?
¿Cuál es la actividad de mi negocio?


A continuación, te presentamos los regímenes que existen en Hacienda para profesionistas, freelancers o independientes:


Servicios Profesionales: Si lo tuyo es ofrecer o prestar servicios independientes de tipo profesional, por ejemplo: diseño, abogacía, medicina, periodismo, etc., entonces debes elegir el régimen de Servicios Profesionales para poder expedir recibo de honorarios.

ArrendadorSi tú alquilas o rentas propiedades como: departamentos, oficinas, bodegas, edificios, casas, etc., debes elegir el régimen de arrendamiento de inmuebles.

Actividades empresariales: Si realizas cualquier otra actividad que no esté incluida en los demás regímenes, debes elegir el régimen de actividades empresariales para expedir facturas que incluyan el sello digital del SAT. Este régimen es ideal para ti si tienes una boutique, un spa, un taller mecánico, una escuela, miscelánea, cafetería, etc.

Régimen de Incorporación Fiscal: Este régimen va dirigido a negocios aún más pequeños es muy similar a él régimen de actividades empresariales con la única

Si ya formas parte de las filas de Hacienda, por lo general, tendrás que pagar dos impuestos: IVA (Impuesto al Valor Agregado) e ISR (Impuesto Sobre la Renta). Estamos seguros que no querrás leer cómo se calcula cada uno de estos pues, además de que se calcula de diferente modo para cada régimen, ése es trabajo de un Contador. Inmediatamente después de quedar registrado en Hacienda, es tu obligación comenzar a facturar gastos, por ejemplo: la renta, UBER, teléfono, materiales; obviamente estos gastos deben de cumplir con algunos requisitos que más adelante te contaremos.

Recuerda que todo depende del régimen en que estés registrado.

ARRENDADOR, SERVICIOS PROFESIONALES
Mensual
CADA 17 DEL MES. POR EJEMPLO, LA DECLARACIÓN DEL MES DE ENERO, LA DEBES DE PRESENTAR A MÁS TARDAR EL 17 DE FEBRERO.

ACTIVIDAD EMPRESARIAL
Anual
EN ABRIL DEL AÑO SIGUIENTE. POR EJEMPLO, LA DECLARACIÓN ANUAL DE 2017, DEBE SER PRESENTADA EN ABRIL 2018.

RÉGIMEN DE INCORPORACIÓN FISCAL
Bimestral
LAS FECHAS ESTÁN ESTABLECIDAS:
EL PRIMER BIMESTRE DEL AÑO: ENERO – FEBRERO, SE PRESENTA DURANTE EL MES DE MARZO; EL SEGUNDO BIMESTRE MARZO-ABRIL, SE PRESENTA EN MAYO Y ASÍ, SUCESIVAMENTE.

RECIBO DE HONORARIOS
- Se utiliza para los servicios profesionales.
- Se facturan 3 impuestos: IVA, retención de IVA y retención de ISR.
- Los recibos de honorarios con retención únicamente se realizan entre una empresa y una persona física.
- Los impuestos llamados “retenciones” son impuestos que tienes a tu favor, ya que la empresa tiene la obligación de pagarlos a Hacienda a tu nombre.

FACTURA
- Se utiliza para productos o servicios no especializados.
- Solo hay un impuesto: IVA y en algunos casos impuestos especiales como: IEPS, ISH, etc.

Seguramente te suena conocido: - ¿Si quiero factura es más IVA? - ¿Tus servicios incluyen IVA? “… y si no quiero factura ¿no me cobras el IVA?” Estas son algunas de las preguntas que tus clientes te harán cuando emitas facturas o recibos. Nuestro consejo es, ya que la ley marca que la mayoría de los productos o servicios deben de ser cobrados con IVA, siempre ofrece tus productos o servicios con IVA, así te evitarás el caos de que tu cliente tenga un descontento en caso de que requiera factura, ya que no consideró el costo del impuesto.

Precio del serivicio o producto $2,000.00
IVA 16% $320.00
Precio(IVA incluido) $2,320.00

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